Mediante la Resolución de Superintendencia N°000041-2022/SUNAT, se estableció los siguientes plazos de presentación de la declaración de beneficiario final en función del siguiente cronograma:
Cronograma en función de los ingresos netos Aplicable a personas jurídicas domiciliadas que tengan los siguientes ingresos:
Tramo | Ingresos Netos | Plazo de presentación: hasta las fechas de vencimiento para el cumplimiento de las obligaciones mensuales de: | |
I | Más de 1000 UIT ( > a 4,400,000) | Mayo de 2022(1) | |
II | Más de 500 UIT hasta 1000 UIT ( > a S/2,200,000 y < a S/4,400,000) | Agosto de 2022(1) | |
III | Más de 300 UIT(2) ( > a S/1,380,000 ) | Mayo de 2023(3) |
(1) De acuerdo con el cronograma detallado en el anexo I de la Resolución de Superintendencia N.° 000189-2021/SUNAT, o de ser el caso, de sus prórrogas.
(2) Siempre que no hayan estado obligadas a presentar la declaración previamente.
(3) Conforme al cronograma que, para tal efecto, se establezca mediante resolución de superintendencia.